Las unidades de la Fuerza cuya constitución dependa de la construcción o adquisición de armamento y material, sujetos a programas en fase de desarrollo, se integrarán en la nueva estructura orgánica a su entrada en servicio.
Texto oficial de Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias (BOE-A-2006-7168). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. Nuevas unidades. — Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, por el que se establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias · BOE Fácil