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TÍTULO VII. Régimen disciplinario · CAPÍTULO I. Disposiciones Preliminares

Artículo 152. Comunicaciones a las asociaciones profesionales y órganos de representación de los letrados y letradas de la Administración de Justicia.

Texto oficial de Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales (BOE-A-2006-839). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.