TÍTULO V. Provisión de puestos de trabajo · CAPÍTULO IV. Libre designación
Artículo 120. Convocatoria.
La designación se realizará previa convocatoria pública, en la que, además de la descripción del puesto y requisitos para su desempeño contenidos en las relaciones de puestos de trabajo, podrán recogerse las especificaciones derivadas de la naturaleza de las funciones encomendadas al mismo.
Texto oficial de Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales (BOE-A-2006-839). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 120. Convocatoria. — Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales · BOE Fácil