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TÍTULO VII. Régimen disciplinario · CAPÍTULO VI. Del procedimiento disciplinario · Sección 4.ª De la instrucción

Artículo 179. Traslado a la persona interesada para formular alegaciones.

Texto oficial de Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales (BOE-A-2006-839). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 179. Traslado a la persona interesada para formular alegaciones. — Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales · BOE Fácil