orden · BOE-A-2006-9004
Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que deban publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 24/5/2006
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden PRE/1563/2006 regula el procedimiento por el que los departamentos ministeriales remiten telemáticamente, con firma electrónica, las disposiciones y actos administrativos que deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado, sustituyendo el envío en papel con firma autógrafa.
A quién afecta: Departamentos ministeriales y organismos adscritos que remiten disposiciones y actos administrativos para su publicación en el BOE, la Dirección General del Secretariado del Gobierno y el organismo autónomo Boletín Oficial del Estado.
- Se aplica a las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales y sus organismos adscritos que no sean reales decretos y deban publicarse en las secciones I, II y III del BOE (artículo 2).
- La Dirección General del Secretariado del Gobierno lleva un registro de las firmas digitales de las personas facultadas para firmar la inserción, que deben contar con un certificado de clase 2CA de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (artículo 3).
- Los textos se remiten a través de la aplicación informática «Insértese digital», que permite la firma electrónica, la transmisión telemática y la verificación de autenticidad de los documentos (artículo 4 y anexo).
- La Dirección General del Secretariado del Gobierno conserva tanto los originales electrónicos como sus firmas asociadas y el mecanismo de firma, para permitir su consulta y prueba de integridad posterior (artículo 5).
- El ámbito de aplicación se ha ampliado con posterioridad: en 2008 a otros supuestos y en 2018 a la Fiscalía General del Estado, mediante sendas órdenes ministeriales de modificación.
¿Cómo se garantiza que un documento remitido electrónicamente para el BOE es auténtico?
Mediante firma electrónica con un certificado de clase 2CA expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que la Dirección General del Secretariado del Gobierno verifica contra su registro de firmas digitales (artículo 3).
¿Qué tipo de disposiciones no están cubiertas por esta orden?
Los reales decretos quedan fuera de su ámbito de aplicación; la orden se limita a disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales y organismos adscritos (artículo 2).
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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