Artículo 4. Objetivo del programa y administraciones competentes.
1. El programa tiene como objetivo que las explotaciones apícolas mantengan a las colonias de abejas de la miel con un nivel sanitario adecuado.
2. Corresponde a los órganos competentes de las comunidades autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, el desarrollo y ejecución, en su respectivo ámbito territorial, del Programa nacional.
3. La coordinación se realizará por el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria.
Texto oficial de Programa de Lucha contra Enfermedades de las Abejas (BOE-A-2006-9740). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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