TÍTULO II. La Corporación de Radio y Televisión Española · CAPÍTULO II. Organización de la Corporación RTVE · Sección I. Consejo de Administración
Artículo 10. Composición.
1. El Consejo de Administración de la Corporación RTVE estará compuesto por quince miembros, todos ellos personas con suficiente cualificación y experiencia profesional, respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.
2. Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría de sus miembros, salvo en los supuestos en que se exija mayoría cualificada por la presente Ley o por los estatutos sociales.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.2 del Real Decreto-ley 5/2024, de 22 de octubre. [Ref. BOE-A-2024-21699](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-21699)</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.1 de la Ley 5/2017, de 29 de septiembre. [Ref. BOE-A-2017-11091](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-11091)</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 1.1 del Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril. [Ref. BOE-A-2012-5338](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-5338).</small>
> <small>Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 1.1 del Real Decreto-ley 15/2012 por Sentencia del TC 150/2017, de 21 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-612](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-612)</small>
Texto oficial de Ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal (BOE-A-2006-9958). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.