Artículo 10. Módulo de formación y orientación laboral.
Los ciclos formativos incluirán un módulo específico dirigido a conocer los aspectos organizativos, económicos y de legislación básica que inciden en el ejercicio profesional, en las relaciones laborales y en el ámbito empresarial del sector profesional correspondiente, así como las oportunidades de aprendizaje, de formación continuada, de acceso al empleo y a la reinserción laboral. Asimismo este módulo fomentará el espíritu emprendedor, el desarrollo de actividades empresariales y el trabajo por cuenta propia.
Texto oficial de Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño (BOE-A-2007-10487). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Módulo de formación y orientación laboral. — Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño · BOE Fácil