Artículo 2. Servicios y prestaciones por grado y nivel de dependencia.
1. Para hacer efectivo lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, se determinan a continuación los servicios y prestaciones que corresponden a los grados I, II y III de dependencia.
a) Grado III Nivel 1 y 2. Gran dependencia.
Servicios:
De prevención y de promoción de la autonomía personal.
De Teleasistencia.
De Ayuda a domicilio.
De Centro de Día.
De Centro de Noche.
De Atención residencial.
Prestaciones económicas:
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Prestación económica de asistencia personal.
Prestación económica vinculada, en los supuestos previstos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
b) Grado II Nivel 1 y 2. Dependencia severa.
Servicios:
De prevención y de promoción de la autonomía personal.
De Teleasistencia.
De Ayuda a domicilio.
De Centro de Día.
De Centro de Noche.
De Atención residencial.
Prestaciones económicas:
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Prestación económica vinculada, en los supuestos previstos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
c) Grado I nivel 1 y 2. Dependencia moderada.
Servicios:
De Promoción de la autonomía personal.
De Teleasistencia.
De Ayuda a Domicilio.
De Centro de Día.
De Centro de Noche.
Prestaciones económicas:
Prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Prestación económica vinculada al servicio, en los supuestos previstos en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en consonancia con el catálogo de servicios correspondiente al grado I.
> <small>Se modifica el párrafo primero del apartado 1 y se añade el apartado 1.c) por el art. 1.2 del Real Decreto 175/2011, de 11 de febrero. [Ref. BOE-A-2011-3175](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-3175).</small>
> <small>Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2011, según establece la disposición final única.</small>
Texto oficial de Real Decreto 727/2007, de 8 de junio, sobre criterios para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE-A-2007-11446). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.