TÍTULO IV. Sobre la obtención y uso de células y tejidos de origen embrionario humano y de otras células semejantes · CAPÍTULO II. Sobre la investigación con muestras biológicas de naturaleza embrionaria
Artículo 36. Acceso a los ovocitos y a los preembriones crioconservados.
Texto oficial de Ley de Investigación Biomédica (BOE-A-2007-12945). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
