TÍTULO VIII. Promoción y coordinación de la investigación biomédica en el Sistema Nacional de Salud
Disposición final segunda. Aplicación supletoria.
En lo no previsto en esta Ley serán de aplicación la Ley 41/2002, de 14 noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, siempre que no sea incompatible con los principios de esta Ley, y la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Texto oficial de Ley de Investigación Biomédica (BOE-A-2007-12945). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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