TÍTULO III. De la Comisión Nacional de la Competencia · CAPÍTULO I. Disposiciones comunes · Sección 1.ª Naturaleza jurídica y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de la Competencia
Artículo 19. Naturaleza y régimen jurídico.
1. La Comisión Nacional de la Competencia es una entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda, que ejercerá el control de eficacia sobre su actividad. La Comisión Nacional de la Competencia actuará en el desarrollo de su actividad y para el cumplimiento de sus fines con autonomía orgánica y funcional, plena independencia de las Administraciones Públicas, y sometimiento a esta Ley y al resto del ordenamiento jurídico.
2. En defecto de lo dispuesto en esta Ley y en las normas que la desarrollen, la Comisión Nacional de la Competencia actuará en el ejercicio de sus funciones públicas con arreglo a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de acuerdo con lo previsto en su disposición adicional décima, y en su propio Estatuto.
Texto oficial de Ley de Defensa de la Competencia (BOE-A-2007-12946). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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