TÍTULO I. Contenido de los planes · CAPÍTULO I. Contenido de los planes hidrológicos de cuenca · Sección 2.ª Descripción general de la demarcación hidrográfica
Artículo 5. Identificación y delimitación de masas de agua superficial.
1. En cada demarcación hidrográfica se determinarán la situación y los límites de las masas de agua superficial y se llevará a cabo una caracterización de dichas masas mediante su clasificación en categorías y tipos. Se podrán agrupar distintas masas de agua superficial a efectos de dicha caracterización. La situación y los límites de las masas de agua superficial se definirán mediante un sistema de información geográfica.
2. Las masas de agua superficial dentro de cada demarcación hidrográfica se clasificarán en la categoría de ríos, lagos, aguas de transición o aguas costeras, especificando en su caso si se trata de masas de agua artificiales o masas de agua muy modificadas.
Texto oficial de Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica (BOE-A-2007-13182). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Identificación y delimitación de masas de agua superficial. — Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica · BOE Fácil