TÍTULO II. Elaboración y aprobación de los planes hidrológicos · CAPÍTULO I. De los planes hidrológicos de cuenca · Sección 3.ª Elaboración
Artículo 76. Etapas en la elaboración de los planes hidrológicos de cuenca.
1. Con carácter previo a la elaboración y propuesta de revisión del plan hidrológico, se preparará un programa de trabajo que incluya, además del calendario sobre las fases previstas para dicha elaboración o revisión, el estudio general sobre la demarcación correspondiente.
2. Tras estos trabajos previos, el procedimiento para la elaboración de los planes hidrológicos de cuenca se desarrollará en dos etapas: una primera, en la que se elaborará un esquema de los temas importantes en materia de gestión de las aguas en la demarcación hidrográfica, y otra de redacción del proyecto de plan propiamente dicho.
Texto oficial de Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica (BOE-A-2007-13182). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 76. Etapas en la elaboración de los planes hidrológicos de cuenca. — Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica · BOE Fácil