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TÍTULO II. De los órganos y la tramitación · CAPÍTULO II. Del procedimiento de concesión de los incentivos regionales

Artículo 28. Sociedades constituidas después de la solicitud de incentivos.

Texto oficial de Reglamento de los Incentivos Regionales (BOE-A-2007-13908). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 28. Sociedades constituidas después de la solicitud de incentivos. — Reglamento de los Incentivos Regionales · BOE Fácil