CAPÍTULO II. Participación en proyectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio y en proyectos del Mecanismo de Aplicación Conjunta
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Palma de Mallorca, el 20 de julio de 2007.
**JUAN CARLOS R.**
**La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,**
**MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ**
Texto oficial de Mecanismos de Flexibilidad del Protocolo de Kioto (BOE-A-2007-14053). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Mecanismos de Flexibilidad del Protocolo de Kioto · BOE Fácil