Disposición adicional tercera. Adaptación de los modelos por las autoridades laborales.
1. Los modelos previstos en el anexo I recogen el contenido mínimo de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación y de las comunicaciones de variación de datos, pudiendo adaptarse por las autoridades laborales a sus necesidades específicas y a las lenguas oficiales de las comunidades autónomas.
2. En aquellas comunidades autónomas con dos lenguas oficiales, el Libro de Subcontratación podrá editarse en versión bilingüe.
Texto oficial de Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE-A-2007-15766). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.