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TÍTULO IV. Actuaciones y procedimientos de gestión tributaria · CAPÍTULO II. Procedimientos de gestión tributaria · Sección 2.ª Procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones de datos o solicitudes de devolución · Subsección 2.ª Procedimiento para la rectificación de declaraciones, comunicaciones de datos y solicitudes de devolución

Artículo 130. Especialidades del procedimiento para la rectificación de declaraciones, comunicaciones de datos y solicitudes de devolución.

Texto oficial de Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria (BOE-A-2007-15984). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 130. Especialidades del procedimiento para la rectificación de declaraciones, comunicaciones de datos y solicitudes de devolución. — Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria · BOE Fácil