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TÍTULO II. Las obligaciones tributarias formales · CAPÍTULO V. Obligaciones de información · Sección 2.ª Obligaciones de presentar declaraciones informativas · Subsección 3.ª Obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros

Artículo 37 bis. Obligación de informar acerca de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

Texto oficial de Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria (BOE-A-2007-15984). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 37 bis. Obligación de informar acerca de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua. — Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria · BOE Fácil