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TÍTULO III. Principios y disposiciones generales de la aplicación de los tributos · CAPÍTULO II. Principios generales de la aplicación de los tributos · Sección 2.ª La colaboración social en la aplicación de los tributos

Artículo 80. Objeto de la colaboración social en la aplicación de los tributos.

Texto oficial de Reglamento General de Gestión e Inspección Tributaria (BOE-A-2007-15984). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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