Disposición adicional primera. Datos personales del alumnado.
En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de éstos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Texto oficial de Orden ECI/2571/2007, de 4 de septiembre, de evaluación en Educación primaria (BOE-A-2007-16009). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. Datos personales del alumnado. — Orden ECI/2571/2007, de 4 de septiembre, de evaluación en Educación primaria · BOE Fácil