Este real decreto tiene por objeto:
1. Determinar la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias prevista en el artículo 34 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, así como establecer las comisiones técnicas y grupos de trabajo que podrán depender de aquella y el sistema de adopción de sus acuerdos.
2. Regular el sistema de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias.
Texto oficial de Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias (BOE-A-2007-16340). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias · BOE Fácil