CAPÍTULO II. Estructura y funciones del organismo de certificación · Sección 3.ª Consejo de acreditación y certificación
Artículo 14. Naturaleza.
El Consejo de Acreditación y Certificación es un órgano colegiado, distinto e independiente del Organismo de Certificación, regido por lo establecido en el Capítulo II del Título II, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, por lo establecido en el presente Reglamento.
Texto oficial de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las TI (BOE-A-2007-16830). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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