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TÍTULO II. Información sobre participaciones significativas y autocartera · CAPÍTULO II. Información sobre autocartera

Artículo 42. Incorporación de la información sobre acciones propias a los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Texto oficial de Real Decreto de Transparencia de Emisores de Valores (BOE-A-2007-18305). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 42. Incorporación de la información sobre acciones propias a los registros públicos de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. — Real Decreto de Transparencia de Emisores de Valores · BOE Fácil