TÍTULO IV. Procedimiento sancionador · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 38. Principios inspiradores del procedimiento.
El procedimiento disciplinario se ajustará a los principios de legalidad, impulso de oficio, imparcialidad, celeridad, eficacia, publicidad, contradicción, irretroactividad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad, individualización de las sanciones y culpabilidad, y comprenderá esencialmente los derechos a la presunción de inocencia, información, defensa y audiencia.
Texto oficial de Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil (BOE-A-2007-18392). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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