TÍTULO I. Adjudicación de los contratos · CAPÍTULO I. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas · Sección 3.ª Procedimiento restringido
Artículo 146. Caracterización.
En el procedimiento restringido sólo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. En este procedimiento estará prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.
Texto oficial de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE-A-2007-18874). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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