TÍTULO I. Adjudicación de los contratos · CAPÍTULO I. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas · Sección 4.ª Procedimiento negociado · Subsección 1.ª Supuestos de aplicación
Artículo 159. Otros contratos.
Salvo que se disponga otra cosa en las normas especiales por las que se regulen, los restantes contratos de las Administraciones Públicas podrán ser adjudicados por procedimiento negociado en los casos previstos en el artículo 154 y, además, cuando su valor estimado sea inferior a 100.000 euros.
Texto oficial de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE-A-2007-18874). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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