TÍTULO III. Gestión de la publicidad contractual por medios electrónicos, informáticos y telemáticos · CAPÍTULO ÚNICO. Plataforma de Contratación del Estado
Disposición transitoria quinta. Determinación de los casos en que es exigible la clasificación de las empresas.
El apartado 1 del artículo 54, en cuanto determina los contratos para cuya celebración es exigible la clasificación previa, entrará en vigor conforme a lo que se establezca en las normas reglamentarias de desarrollo de esta Ley por las que se definan los grupos, subgrupos y categorías en que se clasificarán esos contratos, continuando vigente, hasta entonces, el párrafo primero del apartado 1 del artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Texto oficial de Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE-A-2007-18874). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria quinta. Determinación de los casos en que es exigible la clasificación de las empresas. — Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público · BOE Fácil