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TÍTULO II. De los Agentes Consulares Honorarios

Artículo 16. Uso de bandera y escudo nacionales.

Texto oficial de Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero (BOE-A-2007-19488). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 16. Uso de bandera y escudo nacionales. — Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero · BOE Fácil