TÍTULO V. Carrera militar · CAPÍTULO II. Condición y compromisos de los militares profesionales
Artículo 78. Adquisición de la condición y compromisos de los militares de tropa y marinería.
La condición de militar de tropa y marinería se adquiere al incorporarse a una escala una vez superado el periodo de formación determinado en la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a tal condición y firmado el compromiso inicial regulado en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, que establece las modalidades de relación, las renovaciones y ampliaciones y el compromiso de larga duración.
Texto oficial de Ley de la Carrera Militar (BOE-A-2007-19880). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 78. Adquisición de la condición y compromisos de los militares de tropa y marinería. — Ley de la Carrera Militar · BOE Fácil