Disposición final tercera. Habilitación para la aprobación de normas de desarrollo del Plan General de Contabilidad.
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas podrá aprobar, mediante resolución, normas de obligado cumplimiento que desarrollen el Plan General de Contabilidad y sus normas complementarias, en particular, en relación con las normas de registro y valoración y las normas de elaboración de las cuentas anuales. Estas normas deberán ajustarse al procedimiento de elaboración regulado en el artículo 24.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Texto oficial de Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (BOE-A-2007-19884). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Habilitación para la aprobación de normas de desarrollo del Plan General de Contabilidad. — Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad · BOE Fácil