CAPÍTULO IV. Organización · Sección 5.ª Adscripción y sede
Artículo 21. Adscripción.
1. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo está adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional
2. Corresponde al Ministerio de adscripción la dirección estratégica, evaluación y control de resultados y de la actividad de la Agencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.4 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dichas funciones se ejercerán mediante el seguimiento y control de resultados del Contrato de Gestión.
> <small>Redactado el párrafo segundo del apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2008. [Ref. BOE-A-2008-2826](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-2826).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE-A-2007-20275). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.