Disposición adicional cuarta. Aplicación a los miembros de la Carrera Diplomática de lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios, modificado parcialmente por el Real Decreto 805/2000 de 19 de mayo.
A los miembros de la Carrera Diplomática que ocupen los cargos del Equipo Directivo previstos en el artículo 38.2 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo les será de aplicación lo dispuesto, con relación a los Altos Cargos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en el artículo 16 del Real Decreto 674/1993, de 7 de mayo, de provisión de puestos de trabajo en el extranjero y ascensos de los funcionarios, en la redacción dada por el Real Decreto 805/2000, de 19 de mayo.
Texto oficial de Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE-A-2007-20275). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.