Disposición final primera. Desarrollo normativo y aplicación.
1. Se autoriza al Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación para que adopte las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente real decreto.
2. Asimismo, por el Ministerio de Economía y Hacienda se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias precisas para el traspaso del presupuesto de la Subdirección General de Programas y Convenios Culturales y Científicos del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo a partir del 1 de enero de 2008.
> <small>Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 41, de 16 de febrero de 2008. [Ref. BOE-A-2008-2826](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-2826).</small>
Texto oficial de Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (BOE-A-2007-20275). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.