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CAPÍTULO IV. Procedimiento para la reutilización de aguas depuradas

Artículo 10. Procedimiento para quien no es concesionario de la primera utilización ni titular de la autorización de vertido.

Texto oficial de Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas (BOE-A-2007-21092). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.