TÍTULO II. Catalogación, conservación y restauración de hábitats y espacios del patrimonio natural · CAPÍTULO III. Espacios protegidos Red Natura 2000
Artículo 47. Coherencia y conectividad de la Red.
Con el fin de mejorar la coherencia ecológica y la conectividad de la Red Natura 2000, las Administraciones, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 15, fomentarán la conservación de corredores ecológicos y la gestión de aquellos elementos del paisaje y áreas terrestres y marinas que resultan esenciales o revistan primordial importancia para la migración, la distribución geográfica y el intercambio genético entre poblaciones de especies de fauna y flora silvestres, teniendo en cuenta los impactos futuros del cambio climático.
> <small>Se modifica por el art. único.33 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre. [Ref. BOE-A-2015-10142#aunico](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10142).</small>
> <small>Su anterior numeración era art. 46.</small>
Texto oficial de Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE-A-2007-21490). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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