TÍTULO IV. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad · CAPÍTULO I. Red española de reservas de la biosfera y programa persona y biosfera (Programa MaB)
Artículo 66. Caza de la perdiz con reclamo.
La Administración competente podrá autorizar la modalidad de la caza de perdiz con reclamo macho, en los lugares en donde sea tradicional y con las limitaciones precisas para garantizar la conservación de la especie.
> <small>Se modifica por el art. único.50 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre. [Ref. BOE-A-2015-10142#aunico](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10142).</small>
> <small>Su anterior numeración era art. 63.</small>
Texto oficial de Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE-A-2007-21490). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 66. Caza de la perdiz con reclamo. — Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad · BOE Fácil