CAPÍTULO IX. Protección a la familia · Sección 3.ª Ayudas económicas en los supuestos de parto o adopción múltiples
Artículo 102. Incompatibilidades.
En el supuesto de que el padre y la madre tengan derecho a la misma prestación por los mismos conceptos, en el mismo o en distintos regímenes públicos de protección social, los beneficiarios deberán optar por una de ellas.
Texto oficial de Reglamento de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2007-22306). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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