Disposición adicional cuarta. Régimen de convalidaciones.
El Ministerio de Educación y Ciencia establecerá, con efectos para todo el Estado, las convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y Danza y las enseñanzas de Música y Educación física de la Educación secundaria obligatoria, así como los efectos que sobre la materia de Educación física deba tener la condición de deportista de alto nivel a la que se refiere el Real Decreto 1467/1997, de 19 de septiembre.
Texto oficial de Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria (BOE-A-2007-238). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.