TÍTULO III. Del sistema de ingreso · CAPÍTULO III. De la fase de concurso
Artículo 23. Méritos.
1. En la fase de concurso se valorarán, en la forma que establezcan las convocatorias, los méritos de los aspirantes; entre otros figurarán la formación académica y la experiencia docente previa. En todo caso, los baremos de las convocatorias deberán respetar las especificaciones básicas y estructura que se recogen en el Anexo I de este Reglamento.
2. La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Texto oficial de Ingreso y Acceso a los Cuerpos Docentes (LOE) (BOE-A-2007-4372). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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