CAPÍTULO III. Régimen aplicable a las entidades que controlan sociedades que administran sistemas de registro, compensación y liquidación de valores y mercados secundarios españoles
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2007.
**JUAN CARLOS R.**
**El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda,**
**PEDRO SOLBES MIRA**
Texto oficial de Real Decreto 361/2007, de 16 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de la participación en el capital de las sociedades que gestionan mercados secundarios de valores y sociedades que administren sistemas de registro, compensación y liquidación de valores (BOE-A-2007-5676). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.