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CAPÍTULO II. Régimen de las autorizaciones de transporte público

Artículo 18. Acreditación de la disposición del número mínimo de conductores que resulte exigible.

Texto oficial de Autorizaciones de Transporte de Mercancías por Carretera (BOE-A-2007-6514). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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