TÍTULO VII. Pagos a cuenta · CAPÍTULO II. Cálculo de las retenciones · Sección 1.ª Rendimientos del trabajo
Artículo 85 bis. Deducción por obtención de rendimientos del trabajo para calcular el tipo de retención.
**(Suprimido)**
> <small>Se suprime por el art. único.9 del Real Decreto 1003/2014, de 5 de diciembre. [Ref. BOE-A-2014-12730](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12730).</small>
> <small>Se añade por el art. 1.3 del Real Decreto 2004/2009, de 23 de diciembre. [Ref. BOE-A-2009-21046](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-21046)</small>
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 315, de 31 de diciembre de 2009. [Ref. BOE-A-2009-21164](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-21164)</small>
Texto oficial de Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero (BOE-A-2007-6820). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.