Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. · CAPÍTULO II. Ganancias patrimoniales por cambio de residencia
Disposición transitoria decimosexta. Salario medio anual del conjunto de declarantes del Impuesto.
En el caso de rendimientos del trabajo que deriven del ejercicio de opciones de compra sobre acciones o participaciones por los trabajadores a los que resulte de aplicación lo previsto en el apartado 4 de la disposición transitoria vigésima quinta de la Ley del Impuesto, a efectos de aplicar del límite previsto en el número 1.º de la letra b) del apartado 2 del artículo 18 de la Ley del Impuesto en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2014, la cuantía del salario medio anual del conjunto de declarantes del Impuesto será de 22.100 euros.
> <small>Se añade por el art. 1.40 del Real Decreto 633/2015, de 10 de julio. [Ref. BOE-A-2015-7770](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-7770).</small>
> <small>Esta incorporación resulta aplicable a los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, según establece la disposición final 2.2 del citado Real Decreto.</small>
Texto oficial de Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero (BOE-A-2007-6820). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.