TÍTULO II. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón · CAPÍTULO III. El Gobierno de Aragón o la Diputación General de Aragón
Artículo 58. El Consejo Consultivo de Aragón.
1. El Consejo Consultivo de Aragón es el supremo órgano consultivo del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. Ejerce sus funciones con autonomía orgánica y funcional, con el fin de garantizar su objetividad e independencia.
2. Su organización, composición y funciones se regularán por una ley específica de las Cortes de Aragón.
Texto oficial de Estatuto de Autonomía de Aragón (BOE-A-2007-8444). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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