Disposición final tercera. Adaptación del Real Decreto.
Se faculta al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para introducir en los anexos de este Real Decreto cuantas modificaciones de carácter técnico fuesen precisas para mantenerlo adaptado a las innovaciones técnicas que se produzcan y, especialmente, a lo dispuesto en la normativa comunitaria.
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 116, de 15 de mayo de 2007. [Ref. BOE-A-2007-9827](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-9827).</small>
Texto oficial de Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración (BOE-A-2007-9691). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Adaptación del Real Decreto. — Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración · BOE Fácil