BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

orden · BOE-A-2008-1091

Orden EHA/35/2008, de 14 de enero, por la que se desarrollan las normas relativas a la contabilidad de las instituciones de inversión colectiva, la determinación del patrimonio, el cómputo de los coeficientes de diversificación del riesgo y determinados aspectos de las instituciones de inversión colectiva cuya política de inversión consiste en reproducir, replicar o tomar como referencia un índice bursátil o de renta fija, y por la que se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para su desarrollo

Estado
Vigente
Publicación
22/1/2008
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden EHA/35/2008 desarrolla las normas de contabilidad de las instituciones de inversión colectiva, el cálculo de sus coeficientes de diversificación del riesgo y las reglas específicas para los fondos que replican o toman como referencia un índice bursátil o de renta fija, habilitando a la CNMV para su desarrollo técnico.

A quién afecta: Instituciones de inversión colectiva y sus sociedades gestoras, especialmente las que replican o toman como referencia un índice bursátil o de renta fija, y la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

  • Habilita a la CNMV para dictar las normas de contabilidad, criterios de valoración de activos y determinación del patrimonio y resultados de las instituciones de inversión colectiva (artículo 2).
  • Define el «valor efectivo» de los activos a efectos del cómputo de los coeficientes de diversificación del riesgo, y establece que en instituciones por compartimentos estos coeficientes se miden a nivel de cada compartimento (artículo 3).
  • Considera que una institución replica un índice cuando su rentabilidad no sufre desviaciones significativas frente al índice de referencia, siendo la CNMV quien fija esa desviación máxima permitida (artículo 4).
  • Eleva hasta el 20% del patrimonio el límite de inversión para las instituciones que toman como referencia (sin replicar) un índice, equiparándolas a las que sí lo replican (artículo 5).
  • Exige a las sociedades gestoras contar con sistemas de control interno y de gestión de riesgos adecuados al tamaño y naturaleza de las instituciones que gestionan, incluyendo una unidad de control específica (artículo 6).
¿Cuándo se considera que un fondo de inversión replica un índice bursátil?

Cuando la rentabilidad del fondo no sufre desviaciones significativas frente al índice de referencia; la CNMV fija cuál es esa desviación máxima permitida y cómo se calcula (artículo 4).

¿Cómo se calculan los coeficientes de diversificación del riesgo en un fondo con varios compartimentos?

Se miden a nivel de cada compartimento por separado, no sobre el patrimonio total de la institución de inversión colectiva (artículo 3.2).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Contabilidad y Coeficientes de Diversificación de las IIC · BOE Fácil