Disposición adicional cuarta. Parque de Maquinaria.
El Organismo Autónomo Parque de Maquinaria, sin perjuicio de su adscripción a la Dirección General del Agua, ejercerá su actividad bajo la coordinación administrativa conjunta de los Subsecretarios de Fomento y de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 189, de 6 de agosto de 2008. [Ref. BOE-A-2008-13410](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-13410)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE-A-2008-11514). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional cuarta. Parque de Maquinaria. — Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · BOE Fácil