Disposición transitoria segunda. Subsistencia de la delegación de competencias.
Mantendrán su vigencia en tanto no sean sustituidas por otras nuevas que se adapten a lo dispuesto en este real decreto, las órdenes EHA/3057/2004, de 21 de septiembre, por la que se delegan competencias a favor de diversos órganos del Ministerio de Economía y Hacienda, y EHA/3243/2004, de 5 de octubre, sobre delegación de competencias en materia de recursos humanos.
Texto oficial de Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda (BOE-A-2008-11580). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. Subsistencia de la delegación de competencias. — Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda · BOE Fácil