TÍTULO III. Disposiciones relativas a la asistencia sanitaria, a las prestaciones y a las pensiones · CAPÍTULO 1. Asistencia sanitaria
Artículo 16. Concesión de prótesis y grandes aparatos y tratamiento de rehabilitación.
El suministro por la Institución del lugar de residencia o de estancia, de prótesis, órtesis y ayudas técnicas, cuya lista figurará en el Acuerdo Administrativo previsto en el artículo 34 del presente Convenio, así como los tratamientos de rehabilitación, estarán subordinados, excepto en los casos de urgencia absoluta o en los supuestos que se establezcan en el Acuerdo Administrativo, a la autorización de la Institución Competente.
Texto oficial de Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006 (BOE-A-2008-13880). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. Concesión de prótesis y grandes aparatos y tratamiento de rehabilitación. — Instrumento de Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006 · BOE Fácil